Apertura
Convocatoria para el registro de proyectos que accederán a los ingresos no constitutivos de renta y/o ganancia ocasional (art. 57-2 estatuto tributario)
Descripción
Calificar los proyectos desarrollados por entidades (Universidades, Empresas, Entidades sin ánimo de lucro, actores reconocidos por Minciencias), como de investigación científica, desarrollo e innovación para que el personal vinculado, que haya ejecutado actividades directas de carácter científico, tecnológico o de innovación, acceda al beneficio tributario de Ingresos No Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional, siempre que la remuneración de este personal provenga de recursos destinados para el proyecto, según los criterios y las condiciones definidas por el CNBT y lo establecido por el artículo 57-2 del E.T.
Eje Temático
Proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación o Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación.